La correcta valoración de los bienes heredados es uno de los aspectos más críticos en la liquidación del impuesto de sucesiones. De la valoración depende directamente la base imponible y, por tanto, la cuota a pagar. Una valoración excesivamente baja puede generar comprobaciones de Hacienda, liquidaciones complementarias, intereses y sanciones. Una valoración excesivamente alta supone pagar más impuestos de los necesarios. Este artículo analiza cómo debe valorarse cada tipo de bien para el impuesto de sucesiones en Cataluña.
Principio general: valor real
El artículo 9 de la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones establece que los bienes deben valorarse por su valor real, definido como el precio más probable por el cual podría venderse el bien entre partes independientes en condiciones normales de mercado. Este concepto no coincide necesariamente con el valor catastral, el valor de adquisición histórico ni el valor contable.
Valoración de inmuebles
Los inmuebles suelen ser los bienes de mayor valor en una herencia. Desde 2022 existe un valor de referencia determinado por la Dirección General del Catastro que pretende aproximarse al valor de mercado y se actualiza anualmente. La Agència Tributària de Catalunya lo utiliza como mínimo de comprobación: declarar un inmueble por debajo de su valor de referencia genera automáticamente una comprobación.
Si el valor real del inmueble es superior al valor de referencia, debe declararse por su valor real. En inmuebles con deficiencias graves (humedades, problemas estructurales, necesidad de rehabilitación) puede justificarse una valoración inferior al valor de referencia aportando informes técnicos y presupuestos de reparación.
Valoración de vehículos
Los vehículos se valoran según las tablas oficiales publicadas anualmente por el Ministerio de Hacienda, que establecen el valor medio de mercado según marca, modelo, año de matriculación y estado de conservación. Para vehículos clásicos o de colección no incluidos en tablas, debe obtenerse tasación pericial especializada.
Valoración de cuentas y depósitos bancarios
Las cuentas corrientes, de ahorro y depósitos a plazo se valoran por su saldo en la fecha del fallecimiento, incluyendo los intereses devengados hasta esa fecha aunque no hubieran sido abonados. Las cuentas en divisa extranjera se valoran al cambio oficial en la fecha del fallecimiento.
Valoración de valores mobiliarios
Las acciones cotizadas se valoran por la cotización media del último trimestre anterior al fallecimiento. Las acciones no cotizadas se valoran por su valor teórico contable según el último balance aprobado, salvo que pueda acreditarse un valor superior. Los fondos de inversión se valoran por el valor liquidativo en la fecha del fallecimiento.
Valoración del ajuar doméstico
El ajuar doméstico comprende los muebles, enseres, ropas y demás efectos personales del causante que no tengan la consideración de joyas, obras de arte o bienes de extraordinario valor.
La ley presume que el ajuar doméstico vale el 3% del caudal relicto. Sin embargo, esta presunción no se aplica sobre la totalidad de los bienes de la herencia. El Tribunal Supremo, en sus sentencias 342/2020 y 499/2020, fijó que el 3% solo debe aplicarse sobre los bienes que puedan afectarse al uso particular o personal del causante o al servicio de la vivienda familiar. Quedan expresamente excluidos de esta base:
- Acciones y participaciones en sociedades.
- Activos financieros (depósitos, fondos de inversión, bonos).
- Inmuebles cedidos a terceros o destinados a inversión (no a vivienda familiar del causante).
- Cualquier bien incorporal ajeno al concepto de ajuar doméstico.
La Agència Tributària de Catalunya actualizó su criterio administrativo en julio de 2021 alineándolo con la doctrina del Tribunal Supremo.
Si los herederos consideran que el valor del ajuar es inferior al resultante del 3%, pueden destruir la presunción mediante inventario detallado con valoración razonada. Si hay bienes muebles de valor extraordinario (antigüedades, obras de arte, joyas, colecciones), deben valorarse individualmente por su valor real y no incluirse en el cálculo del 3%.
Valoración de participaciones en sociedades
La valoración de participaciones en sociedades mercantiles es uno de los aspectos más complejos. El valor teórico contable —patrimonio neto dividido entre el número de participaciones— es el punto de partida. Si la sociedad tiene plusvalías latentes (inmuebles con valor de mercado superior al contable, fondo de comercio), el valor real de las participaciones será superior y Hacienda puede comprobarlo. En supuestos de reducción por empresa familiar, la valoración debe ser especialmente rigurosa.
Valoración de derechos de crédito
Los créditos a favor del causante se valoran por su importe nominal si son líquidos y exigibles. Si existen dudas sobre su cobrabilidad (deudor insolvente, crédito prescrito), debe valorarse el crédito por su valor probable de realización, que puede ser inferior al nominal o incluso cero, justificando la valoración con documentación.
Consecuencias de valoraciones incorrectas
Una valoración inferior al valor real, si Hacienda la comprueba, genera liquidación complementaria por la diferencia más intereses de demora al 4,0625% anual (tipo vigente en 2026). Si la infravaloración es significativa y se considera que hubo ocultación, pueden imponerse sanciones del 50% al 150% de la cuota dejada de ingresar.
Conclusión
La valoración de bienes es un aspecto técnico fundamental que requiere conocimiento de normativa fiscal, jurisprudencia actual y valores de mercado. El asesoramiento profesional especializado resulta imprescindible para declarar valores razonables dentro del rango de mercado, adecuadamente documentados y ajustados a la doctrina vigente del Tribunal Supremo.
¿Necesita asesoramiento especializado en impuesto de sucesiones?
En Pfaff Abogados Herencias optimizamos la tributación de su herencia y le ayudamos con todas las gestiones fiscales.
📧 info@pfaffabogadosherencias.com | 📞 93 322 25 72 | 679 49 58 21
Pfaff Abogados Herencias — especialistas en fiscalidad sucesoria en Barcelona


